CATALOGACIÓN DE VEHÍCULOS HISTÓRICOS
Desde el 1 de octubre de 2024 está en vigor el nuevo Reglamento de Vehículos Históricos (Real Decreto 892/2024). Sustituye a la normativa de 1995 y simplifica mucho la catalogación de coches, motos y ciclomotores clásicos. Te ayudamos a elegir el procedimiento adecuado y preparamos la documentación técnica que necesites.
Requisitos principales
- Al menos 30 años desde su fabricación o primera matriculación.
- Que el tipo de vehículo ya no se fabrique.
- Buen estado de conservación, en estado original o con las reformas habituales de su época, acreditadas por un club o entidad de vehículos históricos.
Dos procedimientos
- Grupo A, procedimiento abreviado: vehículos matriculados en España, en circulación y con la ITV en vigor. Se tramita en Tráfico con una declaración responsable, se mantiene la matrícula y se coloca un distintivo con la letra H.
- Grupo B, procedimiento ordinario: el resto de casos, por ejemplo ITV caducada, vehículo importado o sin documentación española. Necesita el informe favorable de un Servicio Técnico de Vehículos Históricos y pasar ITV.
Ventajas y condiciones de uso
- ITV menos frecuente: en coches, cada 2, 3 o 4 años según su antigüedad; en motos y ciclomotores, cada 4 años. Los vehículos de más de 60 años están exentos de ITV periódica.
- Posibles bonificaciones en el impuesto de circulación y acceso a zonas de bajas emisiones, según cada ayuntamiento.
- Uso ocasional, no como vehículo de transporte diario.
Qué hacemos
- Certificados de reformas previas a la catalogación, en colaboración con clubes de vehículos clásicos.
- Certificado de características para ciclomotores: puedes enviarnos las fotos y los datos desde el móvil con nuestro formulario.
- Documentación técnica para vehículos del grupo B y acompañamiento en la ITV.
Consultar normativa: Real Decreto 892/2024
También puedes llamarnos al 645 867 399 o escribirnos a vehiculoshistoricos@inservleon.com.